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2 de marzo 2026
9:18 pm

Dirección: Héctor Javier Mendoza Zubiate

Suprema Corte ordena al SAT devolución millonaria a Grupo Televisa

CIUDAD DE MÉXICO — La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este lunes 2 de marzo de 2026 desechar un recurso de revisión presentado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo que obliga a la autoridad fiscal a realizar una devolución millonaria a favor de Grupo Televisa. La resolución, comunicada por la ministra Lenia Batres, establece que el SAT deberá pagar una suma superior a los 103 millones 073 mil pesos por concepto de pagos indebidos de impuestos, monto que incluye intereses y actualizaciones acumuladas.

El máximo tribunal del país tomó esta decisión tras considerar que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) carece de legitimidad para impugnar el amparo previamente otorgado a la empresa de telecomunicaciones. Esta nueva transferencia se suma a una devolución anterior de 288 millones 671 mil pesos, consolidando un fallo favorable para la compañía. Durante la sesión, la ministra Batres manifestó públicamente su desacuerdo con la mayoría del Pleno, argumentando que se debería permitir a la Hacienda pública recurrir estas sentencias para defender los recursos del Estado.

En paralelo a este caso específico, el Pleno de la Suprema Corte estableció un criterio jurídico de carácter general que delimita el pago de intereses en devoluciones fiscales. El tribunal precisó que, si bien la devolución de impuestos actualizados tiene una función restitutoria, el pago de intereses posee una naturaleza indemnizatoria y sancionatoria. Por lo tanto, el pago de intereses no se generará de manera automática tras la anulación de un crédito fiscal, sino únicamente cuando la sentencia judicial ordene de forma expresa y condenatoria dicha compensación por negligencia o incumplimiento de la autoridad.

Esta jurisprudencia se deriva de una interpretación sistemática de los artículos 22 y 22-A del Código Fiscal de la Federación. Los ministros aclararon que no basta con que una resolución declare la nulidad de un crédito fiscal para que el SAT esté obligado a pagar intereses; es indispensable que el fallo administrativo o judicial mandate específicamente la devolución por pago indebido. Con este pronunciamiento, la SCJN establece un precedente vinculante que define las reglas para futuros litigios entre contribuyentes y el fisco en materia de compensaciones económicas adicionales.

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